Publicado en el BOE el Martes 24 de Marzo de 2015 en las páginas 25411 y 25412.

Adjuntamos la Hoja de Inscripción o modificación, Anexo II.

Documentación a presentar para realizar la inscripción/modificación

Hoja padronal cumplimentada y firmada. Documentación acreditativa de la identidad:

Españoles: DNI (obligatorio para mayores de 14 años) o Libro de Familia o Certificado de nacimiento para menores de 14 años que no dispongan de DNI.

Extranjeros (mayores de edad, menores nacidos en el extranjero y menores nacidos en España con más de 3 meses):

- Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE), junto con el documento acreditativo de la identidad o pasaporte expedido por las autoridades de su país.

- Resto: Tarjeta de identidad de extranjero expedida por las autoridades españolas, en la que consta el Número de Identidad de Extranjero (NIE) o, en su defecto, pasaporte expedido por las autoridades de su país.

Extranjeros menores nacidos en España con menos de 3 meses:

Libro de Familia o Certificado de nacimiento expedido por autoridades españolas, en caso de que no dispongan de un documento de identificación.

Los documentos de identificación deben estar en vigor.

Documentación acreditativa de representación de menores e incapacitados

Menores no emancipados: Libro de Familia o Certificado de nacimiento. En casos de separación o divorcio, la resolución judicial que acredite su guarda y custodia.

Cuando se solicite la inscripción de un menor con uno solo de sus progenitores, se debe presentar la autorización del otro para el empadronamiento o, en su defecto, declaración responsable firmada por el que realiza la solicitud de tener la guarda y custodia del menor y capacidad legal suficiente para hacer la inscripción, según el modelo suministrado por el Ayuntamiento.

Incapacitados: Resolución judicial que acredite la representación legal.

Documentación acreditativa del domicilio

- Título de propiedad (Escritura, contrato de compraventa, Nota del Registro...).

- Contrato vigente de arrendamiento de vivienda para uso de residencia habitual acompañado del último recibo de alquiler.

- En caso de Autorización de persona empadronada: título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler...) a nombre de la misma.

Cuando se cumplimenten o presenten autorizaciones se acompañarán fotocopias de los documentos de identidad de los autorizantes.

Instrucciones para cumplimentar la hoja

Escriba en letras mayúsculas, indicando con claridad todos los datos que corresponden a cada una de las personas que se inscriben en la hoja.

- El nombre y los apellidos se transcribirán del mismo modo que figure en su documento de identidad.

- Para la cumplimentación del Nivel de Estudios terminados se consignará el certificado o título escolar o académico que se posea mediante el código correspondiente de la tabla de Códigos de Nivel de Estudios.

- Cumplimente la causa de la inscripción/modificación:

1. Si se solicita la inscripción por traslado de residencia, marque con equis (X) la casilla “Cambio de Residencia”, e indique la provincia y el municipio de procedencia. Si procede del extranjero, indique el país y, en su caso, el consulado español donde estaba inscrito.

2. Si se trata de la inscripción de una persona que no estuviera empadronada o que desconociera el municipio de su anterior inscripción padronal, marque con equis (X) la casilla “Alta por Omisión”.

3. Para la inscripción de recién nacidos, marque con equis (X) la casilla “Nacimiento”.

4. En el caso de cambio de domicilio dentro de este municipio, marque con equis (X) la casilla “Cambio de domicilio”. 5.- Si se modifica alguno de los datos personales de la inscripción marque con (X) la casilla “Datos personales”.

- Autorización de persona empadronada. Este apartado se cumplimentará cuando en la vivienda figuren otras personas empadronadas. La autorización deberá firmarse por alguna persona mayor de edad inscrita que disponga de título acreditativo de la posesión efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler...).

- La hoja debe ser firmada por todas las personas mayores de edad inscritas en la misma.

- Rellene la casilla “Número total de personas inscritas en esta hoja” para garantizar la inalterabilidad de los espacios que hayan podido quedar en blanco.

- Si tiene alguna duda, consulte con el Ayuntamiento.

- AVISO IMPORTANTE: LA FALSEDAD EN LOS DATOS DECLARADOS PUEDE SER CONSTITUTIVA DE DELITO.

Códigos de Nivel de Estudios

00 Se consignará este código para menores de 16 años 11 No sabe leer ni escribir

21 Sin estudios

22 Enseñanza primaria incompleta. Cinco cursos de EGB o equivalente o Certificado de Escolaridad o equivalente

31 Bachiller Elemental. Graduado Escolar. EGB completa. Primaria completa. ESO

32 Formación Profesional de Primer Grado. Formación Profesional de Grado Medio. Oficialía industrial

41 Formación Profesional de Segundo Grado. Formación Profesional de Grado Superior. Maestría industrial

42 Bachiller superior. BUP. Bachiller LOGSE

43 Otras titulaciones medias (Auxiliar de clínica, Secretariado, Programador de informática, Auxiliar de vuelo, Diplomado en artes y oficios, etc)

44 Diplomados en Escuelas Universitarias (Empresariales, Profesorado de EGB, ATS y similares) 45 Arquitecto o Ingeniero Técnico

46 Licenciado Universitario. Arquitecto o Ingeniero Superior. Grado Universitario 47 Titulados de Estudios Superiores no Universitarios

48 Doctorado y Estudios de postgrado o especialización para Licenciados. Máster universitario

Normativa legal

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio.

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio donde reside habitualmente. Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año.

El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo y son utilizados para la actualización del Censo Electoral.

Los vecinos deben comunicar las variaciones en sus datos de inscripción, especialmente los cambios de domicilio

dentro del término municipal.

Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados deben figurar empadronados con los padres que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, con sus representantes legales, salvo autorización por escrito de estos para residir en otro domicilio.

El plazo máximo para resolver el empadronamiento es de tres meses a partir de la solicitud, según lo establecido en el artículo 42.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los datos del Padrón municipal podrán ser cedidos de conformidad con la legislación vigente en materia de protección de datos, pudiendo ejercer el interesado los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el Ayuntamiento, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

22/07/2015